DAT, el nuevo documento requerido para la campaña olivareraSe establece un periodo transitorio de seis meses de duración en la aplicación del régimen sancionador desde el 15 de octubre de 2019 en lo relativo a la utilización del Documento de Acompañamiento al Transporte (DAT) de productos agrarios y forestales de Andalucía en aplicación de lo dispuesto en el Decreto 190/2018, de 9 de octubre.¿Qué es el DAT?Es la novedad que abre la campaña olivarera. El DAT, como indican sus siglas, es el documento de acompañamiento al transporte, y que sustituye a la Guía- Conduce y que debe ser generado por el agricultor.¿Por quién debe ser expedido?Debe ser expedido por el agricultor, uno por cada porte que se haga, y estar siempre disponible por parte del conductor y el destinatario de la mercancía, almazaras, puntos de recepción de aceituna y cooperativas.¿Durante qué período hay que conservarlo?Hay que conservar el formulario durante 5 años.¿Qué pasa si no llevo el DAT?Si el conductor no lo lleva la infracción puede dar lugar incluso al decomiso de la cosecha.En AM System estamos al día de las necesidades y buscamos soluciones efectivas para que el día a día de nuestros clientes sea más fácil y productivo.Por eso, hemos incluido una nueva función en la aplicación de escritorio de AM Almazaras para poder imprimir el documento DAT, y también en el Portal del Agricultor para poder hacerlo cada uno desde su propio dispositivo conectado a internet.También te puede interesar:Todo lo que debes saber sobre la nueva ley de control de horario y presencia Etiquetas: almazaras, DAT, documento DAT, olivosCategorizado en: AM Almazaras, Novedades